¿Deseas realizar formación para tus trabajadores pero desconoces cómo bonificar un curso?

Es frecuente encontrarse con empresas que no llevan a cabo formación para sus trabajadores porque creen que la bonificación es un proceso muy difícil.

Cierto es que tramitar la bonificación de un curso para trabajadores requiere de un proceso y debes ser muy riguroso en el cumplimiento.

No obstante, si sigues los siguientes consejos aprenderás paso a paso cómo bonificar un curso.

 

¿Qué es la formación bonificada o programada por las empresas?

 

Las bonificaciones de la Fundación Tripartita (o FUNDAE)

La Fundación Tripartita (desde 2016 llamada Fundación Estatal para la Formación en el Empleo, FUNDAE) es la encargada de gestionar la formación de los trabajadores a nivel nacional.

Hablamos de un proceso sencillo mediante el cual la empresa puede formar y actualizar la plantilla de trabajadores, sin coste, a través de las cuotas de la Seguridad Social.

Estas formaciones pueden ser online o presencial.

Dependiendo de la modalidad, la empresa podrá bonificarse una cantidad alumno/hora u otra.

Para presencial sería hasta 13€/hora alumno y para online hasta 7,5€/hora alumno.

En el contexto actual empresarial aunque aparentemente todo son ventajas, muchas son las empresas que cada año acaban perdiendo el crédito debido al desconocimiento y las dudas que les generan los pasos para bonificar un curso.

 

¿Qué características debe tener un curso para poder bonificarse?

Actualmente, muchas son las empresas que siguen sin conocer que en sus cuotas de la Seguridad Social mensualmente aportan una cantidad determinada en concepto de formación. Pudiendo ser dicho importe recuperado con posterioridad para ser invertido en la realización de una diversidad de cursos por parte de sus trabajadores.

Es importante que para poder bonificarse esta cantidad en concepto de formación, existen una serie de características que se deberán tener en cuenta de forma conveniente. Son las siguientes:

  • Se trata de una formación destinada a trabajadores en activo, excluyendo por tanto a autónomos y/o desempleados.
  • Las empresas deben ser las encargadas en todo momento de decidir y gestionar cada uno de los cursos que sus empleados deseen realizar.
  • Las empresas deben asumir un porcentaje de la financiación en el caso de que no se pueda financiar al 100%.
  • Y por último, los cursos deben llevarse a cabo en modalidad presencial y online, excluyendo los cursos a distancia.

 

¿Qué requisitos deben cumplir las empresas?

También les serán exigibles a las empresas una serie de requisitos antes realizar los pasos para bonificar un curso, como son:

  • Estar al corriente en el ejercicio de sus obligaciones ante la Agencia Tributaria y la Seguridad Social.
  • Tener abonados los importes de las facturas con anterioridad a la realización de la bonificación.
  • Mantener la documentación que justifica la formación durante un período al menos de cuatro años.
  • Ser capaces de proporcionar la documentación y datos necesarios para la entidad organizadora, ante la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo (FUNDAE).

 

Si atendemos al cálculo del crédito para formación bonificada que tiene disponible una empresa, cabe señalar que el porcentaje que se aporta a la Seguridad Social en concepto de formación por trabajador es del 0.20% de la base de cotización (mensual), mientras que la empresa debe asumir el 0.60%.

Estas aportaciones deben ser conocidas, dado que el importe que se destine a la formación será el resultado de aplicar el porcentaje de bonificación establecido en la Ley de Presupuestos Generales del Estado a la cantidad del total ingresada por la empresa durante el año antes como concepto de cuota de formación.

Los porcentajes estipulados por tamaño de las empresas son los siguientes:

  • 1 a 5 trabajadores – 420€/anual
  • 6 a 9 – 100 % de bonificación
  • 10 a 49 – 75 %
  • 50 a 249 -60 %
  • Más de 250 -50 %

Cada empresa contará con un crédito mínimo de 420€ de forma anual, que podrá invertir y destinar en la formación profesional de sus trabajadores.

Para que se pueda acceder a este tipo de bonificación, la empresa debe conceder al empleado una autorización o Permiso Individual de Formación (PIF), con el fin de que este pueda destinar parte de la jornada laboral exigida a algún tipo de acción formativa que sea reconocida mediante una acreditación oficial.

Con ello, el Sistema de Formación Profesional para el Empleo podrá financiar a la empresa los costes salariales correspondientes hasta 200h laborables anualmente o por curso lectivo. No obstante, cuando se dé el caso de que la empresa deniegue dicha autorización, se verá obligada a presentar una justificación por razones bien organizativas y/ o de producción.

 

¿Cómo bonificar un curso? Pasos para tramitar la bonificación

Cada empresa que desee realizar un curso para un empleado mediante la formación bonificada, deberá llevar a cabo los siguientes pasos para bonificar un curso:

 

1.Analizar y detectar necesidades

Analizar y detectar las necesidades de su equipo, así como el curso que más se ajuste su ámbito profesional o a las competencias que se pretendan desarrollar. Es recomendable contactar a un centro de formación para que pueda asesorarte a nivel pedagógico y así elegir la mejor formación teniendo en cuenta tus objetivos.

 

2.Calcular el crédito disponible

Comprobar el crédito que dispone la empresa. Para este cálculo hay que revisar los datos de los Recibos de Liquidación de Cotizaciones ingresados (Base otras cotizaciones) del ejercicio anterior.

Realización del cálculo para saber crédito formación bonificada: Por un lado multiplicar el sumatorio de la casilla 501 del TC1 (hablamos del boletín de cotización) por 0.7 y realizar la división del resultado entre 100. Por otro, conocer qué porcentaje podría bonificar la empresa dependiendo de su tamaño. Una vez se hayan obtenido estos dos factores, se procederá a su multiplicación.

 

3.Obtener el certificado digital de le empresa

Para poder tramitar la formación bonificada y beneficiarte de las ayudas, las empresas deben llevar a cabo la aplicación de forma telemática. Por ello, es necesario que estén en posesión del certificado digital de persona jurídica (clase 2 CA).

En el caso de los autónomos con asalariados, al disponer solamente del certificado de persona física, el proceso se llevará solicitando acceso a FUNDAE, mostrando una garantía de su situación de autónomo con asalariados.

 

4.Darse de alta en la aplicación telemática para gestionar cursos programados por las empresas

La tramitación de la bonificación de los cursos para trabajadores se lleva a cabo a través de una aplicación telemática. Por ello, las empresas interesadas beberán acceder desde el perfil de “Bonificada” o “Grupo de Empresas”.

 

5.Poner en conocimiento del curso elegido al representante legal de los trabajadores

Es importante tener en cuenta que previo al inicio de una formación se debe enviar la siguiente documentación a la RTL:

  • Denominación, descripción y objetivos de las acciones formativas.
  • Colectivos destinatarios y número de participantes por acción formativa.
  • Calendario previsto de ejecución.
  • Medios pedagógicos.
  • Lugar previsto de impartición.
  • Balance de las acciones formativas del ejercicio precedente.

 

6.Comunicar inicio del curso

Es importante destacar que la comunicación de debe realizar con una antelación mínima de 7 días naturales a la fecha de comienzo en el caso de grupos, para casos individuales será necesario que se comunique antes del inicio.

Se tiene que aportar toda la información relativa a fechas, horarios, lugar de impartición, contenidos, participantes, etc. El número de participantes no podrá variar una vez comunicados.

Para modificar o cancelar un curso debes:
En el caso de una cancelación anunciarlo con 4 días de antelación. En el caso de cambio de fecha, tiene que haber una diferencia de 7 días naturales entre la comunicación y el inicio de nuevo curso.

 

7.Llevar a cabo la acción formativa bonificada

Ahora ya puedes realizar la formación. Es importante resaltar que para poder bonificarte la formación todos los trabajadores deben completar la totalidad de la acción formativa. Normalmente cuando la formación se lleva a cabo a través de una entidad o centro de formación, éste será el encargado de hacer un seguimiento efectivo para asegurar el éxito del mismo.

 

8.Comunicación del fin de curso

Una vez realizado el curso la empresa o entidad encargada de gestionar la formación deberá comunicar la finalización del mismo. En esos momentos se deberá analizar que no existan deviaciones, pues es importante tener en cuenta los requisitos exigidos por FUNDAE.

 

9.Tramitar la bonificación

La empresa podrá practicar la bonificación a partir de la comunicación de la finalización del grupo en la aplicación, hasta la presentación del boletín del mes de diciembre del año en curso (Las bonificaciones correspondientes a los Permisos Individuales de Formación podrán practicarse a medida que se abonen los salarios a los trabajadores).

Es importante tener en cuenta que estos pasos para bonificar un curso se deben seguir en el orden que se ha explicado, de lo contrario podrías tener problemas a la hora de recibir la bonificación. Muchas son las empresas que delegan este trámite en empresas especializadas o centros de formación acreditados para la gestión, de esta manera se aseguran que el crédito va a ser devuelto sin ninguna desviación.

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información.

ACEPTAR
Aviso de cookies
error

¿Te ha parecido interesante? No dejes de compartirlo ;-)