¿Te surgen dudas sobre cómo rellenar la solicitud de autorización del contrato de formación y aprendizaje? Antes de formalizar un contrato para la formación y el aprendizaje es necesario obtener una autorización de inicio de la actividad formativa. Si te asaltan las dudas y no sabes por dónde comenzar, este artículo te ofrece con detalle todo lo que debes saber en unos pocos y sencillos pasos.
Para saber cómo rellenar la solicitud de autorización del contrato de formación y aprendizaje correctamente, es importante tener en cuenta que: La tramitación de la solicitud de autorización de inicio de la actividad formativa viene regulada en el artículo 16.7 del Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, y el artículo 6 de la Orden ESS/2518/2013, de 26 de diciembre, y se realiza en el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) a través de una aplicación habilitada en su página web.
Esta gestión es indispensable antes de realizar el contrato de formación y aprendizaje, y por lo tanto, antes de dar de alta al trabajador, se debe saber cómo rellenar la solicitud de autorización del contrato de formación, dando respuesta a todos los campos.Los plazos establecidos para dar respuesta, por parte del SEPE, a dicha autorización depende de cada comunidad autónoma, no obstante el máximo marcado es un mes, por ello recomendamos empezar con toda la tramitación en cuanto tengamos claro el candidato que va a ser contratado.
Si la solicitud no reuniese los requisitos exigidos, se recibirá una notificación y, en el plazo de diez días hábiles, el solicitante debe corregir las faltas o hacer entrega de los documentos que se le indiquen.
Es importante tener en cuenta que las modificaciones posteriores del acuerdo de actividad formativa solo deben ocurrir por causas justificadas y el procedimiento tendrá que desarrollarse otra vez desde cero. Se recomienda por ello tener claras las condiciones y horarios formativos desde el principio para evitar que el propio trámite se complique.
¿Cómo rellenar la solicitud de autorización del contrato de formación y aprendizaje?
Antes de rellenar la solicitud de autorización del contrato de formación y aprendizaje tener en cuenta que:
La persona trabajadora debe estar en posesión de los requisitos de acceso y acompañar la solicitud con el título o títulos académicos que exige la normativa compulsados para cursar las enseñanzas de dicha actividad formativa, según le corresponde a partir de la siguiente esquema:
Nivel 1: No se exige ningún requisito académico.
Nivel 2: Graduado en ESO, Certificado de profesionalidad de nivel 2, Certificado de profesionalidad de nivel 1 de la misma familia y área profesional, Cumplir los requisitos de acceso a ciclos formativos de grado medio, Tener superada la prueba de acceso a grado medio, Tener superada la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 y/o 45 años.
Nivel 3: Título de Bachillerato, Certificado de profesionalidad de nivel 3, Certificado de profesionalidad de nivel 2 de la misma familia y área profesional, Tener superada la prueba de acceso a grado superior, Tener superada la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 y/o 45 años
Recuerda que el contrato de formación y aprendizaje debe:
Recomendaciones útiles sobre cómo rellenar la solicitud de autorización del contrato de formación y aprendizaje.
El nuevo contrato de formación y aprendizaje involucra una modalidad de impartición online o de teleformación, por lo que el trabajador deberá poseer las competencias tecnológicas mínimas para realizarla y contar con acceso a Internet.
Se trata de una modalidad de formación oficial de Certificado de Profesionalidad, por lo que se requiere en algunos casos un nivel académico mínimo de acceso, se exige compromiso y dedicación, así como la participación activa del trabajador y de la propia empresa. El empresario también debe comprometerse a respetar el tiempo de formación y de trabajo efectivo del empleado. Al dar paso a la obtención de un título oficial, el SEPE se convierte en garante de su cumplimiento haciendo seguimiento estrecho a estos aspectos.
¿Qué documentación debes solicitar al trabajador a la hora de rellenar la solicitud de autorización del contrato de formación y aprendizaje?
Una vez seleccionado, el trabajador que optará al contrato de formación y aprendizaje debe aportar estos datos:
¿Cuándo se puede dar de alta al trabajador?
Al obtener la autorización de inicio, ya puedes realizar el alta del contrato. Importante: no debes realizar el alta antes de obtener la autorización, es imprescindible tenerla para formalizar el contrato (artículo 16 del RDL 1529/2012).
El Contrato de trabajo para la formación y el aprendizaje se efectuará a partir del Modelo con código 421. No se podrá iniciar el contrato hasta que el centro comunique que se cuenta con la autorización de la acción formativa
Es importante recordar que debes adjuntar el Anexo I, Acuerdo para la Actividad Formativa.
¿Qué gestiones se deben realizar en la Tesorería General de la Seguridad Social?
Se debe solicitar el Código de Cuenta de Cotización (C.C.C.) específico para el contrato de formación utilizando el Modelo TA-7. Acompáñalo del TA-6 (nº de cuenta principal de la empresa). Esta gestión también se puede hacer de forma telemática
Luego debe presentarse el parte de alta (modelo TA-2) del trabajador, con carácter previo al inicio del contrato (TA-1, si el trabajador no tiene número de afiliación). Nota: si el trabajador está inscrito en Garantía Juvenil deberá reflejarlo en el alta obligatoriamente, así como también si va a solicitar la ayuda de acompañamento.
¿Qué documentación debemos entregarle al centro de formación?
Fotocopia legible y huella electrónica del contrato de formación y aprendizaje.
Tanto el contrato, como el Anexo I, deben estar firmados y sellados por el SEPE.
De todos modos, aunque debe tener en cuenta todas estas recomendaciones, lo cierto es que a la hora de tramitar un contrato para la formación y el aprendizaje, en el mismo centro formativo donde se va a impartir la formación te pueden asesorar.