¿Sabes cómo calcular el ahorro del contrato de formación y aprendizaje?. Cuando hablamos del contrato para la formación y el aprendizaje, una de las dudas que nos pueden surgir está relacionada con el ahorro en costes que conlleva implantarlos en nuestra empresa. En este sentido, es importante insistir en que, si se compara con el resto de modalidades contractuales, es el más ventajoso tanto para los empleados, como para los empresarios.
Entre las ventajas que la realización de los contratos de formación y aprendizaje generan para la empresa, se pueden destacar la formación bonificada, la reducción en las cotizaciones o los incentivos que se reciben cuando el contrato pasa a ser indefinido.
El único coste que un trabajador bajo el contrato para la formación y aprendizaje puede generar, es el salario, que además (salvo mejora de Convenio Colectivo) se regulará mediante la parte proporcional que corresponda del Salario Mínimo Interprofesional. Actualmente este tipo de contrato no está limitado en número según la plantilla de la empresa, por lo que se podrán celebrar todos aquellos contratos que sean necesarios.
Por esta razón, esta modalidad contractual es muy interesante a nivel económico para las empresas, por ello, en este post te vamos a mostrar cómo calcular el ahorro del contrato de formación y aprendizaje.
Pasos para saber cómo calcular el ahorro del contrato de formación y aprendizaje
A continuación, procedemos a puntualizar los pasos que se deben seguir para calcular el ahorro del contrato de formación y aprendizaje. Para ello, compararemos un contrato de los habituales con el contrato de formación.
A. Lo primero que se debe tener en cuenta, para poder observar correctamente sus costes es la retribución recibida por parte del trabajador. Esta remuneración nunca puede ser inferior al salario mínimo interprofesional (SMI) y siempre será en proporción a las horas que el trabajador realiza.
B. El segundo punto que necesitamos comparar, en relación con las demás tipologías de contrato, es el de la cotización a la Seguridad Social. La cotización por contingencias comunes a cargo del empresario y a cargo del trabajador, de los contratos para la formación y el aprendizaje para este año 2018 están establecidas en el Artículo 44 de la Orden ESS/55/2018, de 26 de enero.
C. En esta misma Orden ESS/55/2018 también se establecen las bases de cotización del contrato de formación y aprendizaje en 2018:
- Una Base de Cotización Diaria Mínima de cotización de 28,62 euros/día.
- La Base de Cotización Mensual Mínima correspondería a: 28,62 € x 30 días = 858,60 euros/mensuales.
Requisitos para poder obtener las reducciones del contrato de formación y aprendizaje
El contrato de formación tiene derecho a la aplicación de una reducción del 100% de los seguros sociales (esta reducción será del 75% cuando se trata de una empresa con más de 250 trabajadores). Para poder cumplir con estos descuentos y reducciones de costes la empresa debe cumplir con los siguientes requisitos:
- Los contratos iniciales deben ser realizados con trabajadores desempleados inscritos en el INEM.
- La Empresa debe estar al corriente con la Agencia Tributaria y Seguridad Social.
- El trabajador contratado no puede proceder de un contrato indefinido en otra empresa en los 3 meses previos.
- No celebrar un contrato con un trabajador que haya estado contratado de forma indefinida en la misma empresa en los 24 meses previos, o temporal en los 6 meses anteriores.
- La empresa no debe estar excluida por infracciones muy graves no prescritas.
- No haber despedido de forma improcedente, reconocida judicialmente, o colectiva a un trabajador con contrato bonificado.
Si bien, estos pasos pueden ser muy útiles para saber cómo calcular el ahorro del contrato de formación y aprendizaje, a través de nuestra calculadora de ahorro, puede saber simultáneamente la cantidad aproximada que una empresa se podría ahorrar a través de esta modalidad contractual.