Si vas a acceder a un contrato de formación y aprendizaje, ya te habrás enterado del nuevo complemento salarial que está disponible para ti desde principios de este mes.
Se trata de una nueva ayuda de 430 euros para aquellos jóvenes con contratos de formación e inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, publicada en el BOE la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018 y puesta en marcha desde el 4 de agosto de este mismo año.
Hoy en día alrededor de 800.000 jóvenes están inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, requisito imprescindible para beneficiarse de esta ayuda de acompañamiento. De esos 800.000, alrededor de unos 206.000 ya tienen un contrato de formación y aprendizaje y por tanto serán muchos los que a partir de ahora cuando vayan a acceder a esta modalidad de contrato puedan disfrutar de este complemento salarial.
¿En qué consiste la ayuda de acompañamiento?
Consiste en un complemento salarial de 430,27 euros directo, para el trabajador inscrito en Garantía Juvenil que posea un contrato para la formación y el aprendizaje.
El trabajador la recibirá directamente en su cuenta, durante un máximo de 18 meses; 36 meses, en caso de poseer algún grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33%.
Estar inscrito en Garantía Juvenil requisito fundamental para poder solicitarla
Para acceder a la ayuda de 430 euros por contrato de formación y aprendizaje, el joven trabajador debe estar inscrito en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, una iniciativa europea que tiene por objetivo mejorar las condiciones de acceso de los jóvenes al mercado laboral. En España está enmarcada en la estrategia de Emprendimiento Joven, aprobada en febrero de 2013 por el Ministerio de Empleo y Seguridad Social.
El Sistema de Garantía juvenil ha flexibilizado en los últimos años los requisitos para que más jóvenes puedan acceder a ayudas y empleo. De esta manera, los interesados en inscribirse deben cumplir con las siguientes exigencias con carácter previo a su solicitud:
- Todos los jóvenes inscritos como demandantes de empleo podrán acceder.
- Basta con no haber trabajado, estudiado o haber realizado alguna acción formativa el día natural anterior a la solicitud.
- Tener nacionalidad española o ser ciudadanos de la Unión o de los Estados parte del Acuerdo Económico Europeo o Suiza que se encuentren en España, en ejercicio de la libre circulación y residencia. Pueden también inscribirse los extranjeros titulares de una autorización para residir en España y trabajar.
- Estar empadronado en cualquier localidad del territorio español.
- Poseer, al momento de la solicitud, entre 16 años y 29 años.
- Presentar una declaración escrita que afirme el interés por participar en el Sistema de Garantía Juvenil, con el compromiso de participar activamente en sus acciones. Si el joven ya es demandante de empleo, solo deberá contar con su inscripción en los servicios públicos de empleo (SEPE).
Cómo darse de alta en Garantía juvenil
Si se cumplen con los requisitos anteriores, se debe acceder al fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil para inscribirse a través de algunas de las siguientes modalidades:
1. Acceso al registro con DNI electrónico o certificado.
Con DNI electrónico o certificado electrónico reconocido.
2. Acceso de forma asistida.
En el caso de que no se disponga de DNI electrónico o certificado digital, se puede hacer la solicitud con la ayuda de personal especializado en:
Oficinas de las Cámaras de Comercio únicamente presentando el DNI. En ellas se le proporcionará de forma gratuita un Certificado Digital, para próximas gestiones.
Centros y servicios de la Red SIJ (Servicios de Información Juvenil) únicamente presentando el DNI. En coordinación con INJUVE se ofrece un código de activación para el acceso al sistema a través de usuario y contraseña, y se formaliza la solicitud de inscripción con apoyo de personal cualificado.
Otras formas de acceso. La inscripción debe llevarse a cabo por vía telemática, excepto en los casos de personas que se encuentran en riesgo de exclusión social o cuenten con un certificado de discapacidad reconocida. Éstas se podrán inscribir mediante entrega del formulario adjunto en las oficinas de registro de la Administración General del Estado y de las comunidades autónomas y de las Entidades establecidas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992.
Acceso con usuario y contraseña. Los jóvenes que desean efectuar la inscripción telemática y no dispongan de identificación electrónica pueden solicitar su usuario y contraseña cumplimentando el formulario adjunto y entregándolo en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración General del Estado, de las comunidades autónomas o de las entidades establecidas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992. Después de entregar el formulario, el interesado recibirá un correo electrónico con el código de activación que deberá incorporar en el enlace Activar usuario del Sistema para obtener su contraseña.
Usuarios ya registrados en Garantía juvenil
La inscripción o renovación como demandante de empleo en un Servicio Público de Empleo implica la inscripción en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, si se cumplen los requisitos exigidos.
Una vez inscrito en el sistema se recibirán ofertas del catálogo de actuaciones del Plan de Implantación de la Garantía Juvenil y la Estrategia de Emprendimiento y Empleo Joven a través de su Comunidad Autónoma, la Administración General del Estado, las entidades que colaboran en la gestión del Fondo Social Europeo o de las empresas que apoyan esta iniciativa para la contratación de jóvenes.
Una vez inscrito en Garantía Juvenil, ¿cómo solicito la ayuda de 430 euros para contratos de formación?
Una vez inscrito en Garantía juvenil, para solicitar este complemento salarial para su contrato de formación los jóvenes deben tomar en cuenta que:
- Pueden recibir esta ayuda jóvenes sin estudios o como máximo la ESO. Por tanto no será aplicable para los jóvenes con estudios de FP, Universitarios o de Certificado de Profesionalidad con nivel 2 o 3.
- Es necesario comprometerse a realizar activamente la formación oficial que se recibirá con el contrato de formación. En caso contrario, la ayuda dejará de percibirse
- Tener en cuenta que para solicitar la ayuda, la actividad formativa del contrato de formación debe tener como objetivo la obtención de un certificado de profesionalidad
- La ayuda debe solicitarse en un plazo de 15 días tras el inicio del contrato de formación y aprendizaje.
En el caso de presentarse fuera de plazo, este complemento salarial no se pierde, pero se le restará la parte proporcional de días que se haya retrasado.
¿Qué pasos tengo que seguir para solicitar la ayuda de 430 euros para mi contrato de formación?
- Descargar la solicitud y declaración responsable de no estar en posesión de ninguna de las titulaciones académicas antes descritas
- Presentar dicha documentación en la Oficina de Prestaciones del Servicio Público de Empleo (SEPE) que le corresponda, dentro de los 15 días hábiles siguientes al inicio del contrato para la formación y el aprendizaje, junto con: copia del DNI y copia del contrato de formación.
- Por su parte, la empresa contratante deberá también señalar expresamente en la solicitud de inicio de la actividad formativa que el contrato se acoge a esta prestación o ayuda.
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Yo tengo un contrato de formación pero me han denegado la ayuda por no estar marcada la casilla en el ministerio de trabajo me han dicho que vuelvan a mandar el contrato con la casilla marcada que es el único requisito que me falta, la empresa de formación me dice que no les deja marcarlo porque el curso dura más que el contrato. Eso es verdad no entiendo porque si yo me he comprometido ha realizar el curso
Hola,
Efectivamente, es un requisito indispensable que el centro de formación a la hora de solicitar la autorización, «pique la casilla» de “se acoge a la ayuda”.
En este caso, su centro alega que no lo ha podido hacer porque el curso dura más que el contrato; y esto puede ocurrir, ya que la duración del contrato se debe adaptar a la duración del certificado completo.
POR EJEMPLO: La ocupación de CAJERO DE COMERCIO, vinculada al certificado ACTIVIDADES DE VENTA (510H) se tiene que realizar dentro de un contrato de mínimo 14 meses, para que dé tiempo a realizar el certificado completo; así que para solicitar la ayuda, la duración del contrato se debe adaptar a la duración de un CERTIFICADO COMPLETO, y no al revés.
Un saludo