El Programa bono empleo joven en Andalucía ha generado beneficios muy positivos ante las necesidades urgentes de empleo de los jóvenes andaluces, a través de múltiples iniciativas y ayudas que permiten adquirir competencias profesionales y experiencia profesional, tanto laboral como no laboral mediante prácticas en empresas.
La Comunidad Autónoma de Andalucía, a través del Programa Empleo Joven, posibilita la inserción de los jóvenes en el mundo laboral, estimulando a las empresas para su contratación.
Este es el caso de la iniciativa Bono Empleo joven, un incentivo que se ofrece a aquellas empresas, autónomos, instituciones sin ánimo de lucro, asociaciones, fundaciones, cooperativas o entidades sin personalidad jurídica, comunidades de bienes o sociedades civiles que efectivamente contraten a jóvenes inscritos en el Sistema Nacional de garantía juvenil.
La Ley 2/2015 regula el Programa Empleo Joven, que este año incorpora algunas novedades en relación a las iniciativas de ayuda.
Convocatoria Bono Empleo Joven 2018 para Andalucía
El 11 de julio de este año se publicó en el BOJA la Resolución de 29 de junio, con las bases reguladores de la convocatoria para el Bono Empleo Joven 2018, que fue aprobado en la Orden del 6 de mayo de 2018.
Esta resolución incluye las bases y requisitos para la Convocatoria del Bono de Empleo Joven 2018 en Andalucía.
¿Cuáles son las novedades que ofrece el Bono de Empleo Joven 2018?
En la convocatoria de este año se han incorporado cambios de interés para el sector empresarial que quieran contar con jóvenes en su plantilla.
Específicamente, se incrementan los incentivos económicos otorgados por la contratación de los jóvenes siempre y cuando cumplan los requisitos establecidos.
Para Contratos Temporales a jóvenes titulares de Bono Empleo Joven 2018
- 6.000 € si el contrato es a jornada completa.
- 3.000 € si el contrato es a media jornada.
Para recibir esta ayuda se exige a la empresa que el contrato se mantenga mínimo al menos 12 meses.
Para contratos indefinidos a jóvenes titulares de Bono Empleo Joven 2018
- 8.000 € para contratos indefinidos a jornada completa.
- 4.000 € para contratos indefinidos a media jornada.
Para que la ayuda sea otorgada, se le exige a la organización que los contratos se mantengan de forma obligatoria al menos 18 meses.
Esta ayuda también es aplicable para los casos en que un contrato temporal pasa a convertirse en indefinido, incluso si el contrato temporal ha sido beneficiario de la ayuda de Bono Joven, siempre que transcurran al menos 12 meses desde el alta.
¿Qué empresas e instituciones pueden acceder al Bono Joven?
Todas las empresas y autónomos, sin importar su forma jurídica, instituciones privadas sin ánimo de lucro y entidades sin personalidad jurídica, pueden beneficiarse de esta iniciativa siempre y cuando estén ubicadas en Andalucía.
Solo recibirán la ayuda las nuevas contrataciones efectuadas a partir del 7 de mayo, fecha en la que entró en vigor la Orden de 6 de mayo que regula la presente convocatoria.
¿Y cuáles son los requisitos del contrato que permite recibir los beneficios de la iniciativa Bono Empleo Joven?
Para beneficiarse de esta iniciativa, el contrato deberá:
- Ser formalizado durante al menos 12 meses, si es contrato temporal o mantenerse 18 meses si es contrato indefinido, pudiendo ser a jornada completa o media jornada.
- Para acceder a la ayuda, el contrato inicial debe ser de 1 año, en caso de prórroga.
- El contrato debe comunicarse telemáticamente.
- Se admiten todas las modalidades de contrato, excepto el primer contrato de empleo joven y el de tiempo indefinido de apoyo a emprendedores.
- El contrato para la formación y el aprendizaje también es compatible con la ayuda del Bono de Empleo Joven y con los beneficios de esta modalidad de contratación; por ello se sumaría a la ayuda de 6.000 euros, el ahorro en costes de seguridad social (derecho a reducción del 100% en los seguros sociales).
¿Quiénes no pueden beneficiarse del Bono Empleo Joven?
Están excluidos de esta iniciativa al momento de la contratación:
- Cónyuge y familiares de hasta segundo grado de consanguinidad del propietario, directivo o encargado de la empresa.
- Contrataciones de ETTs.
- Compañías sancionadas en los últimos 3 años por incumplimiento de normativa de Prevención de Riesgos Laborales o por prácticas discriminatorias.
- Empresas sancionadas por despido declarado improcedente en el año inmediatamente anterior.
- Aquellas personas que participan en alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
¿Cómo solicitar el Bono Empleo Joven 2018?
Para formalizar la solicitud, no deben transcurrir más de 2 meses de la realización del contrato.
Al transformarse un contrato a indefinido, deberá efectuarse la solicitud antes de dos meses, de la finalización del plazo del contrato inicial.
La solicitud debe efectuarse de forma telemática, a través de la plataforma del Servicio Andaluz de Empleo hasta el 31 de diciembre de 2019.
Si estás interesado en solicitar esta ayuda, puedes leer las bases completas de la convocatoria aquí.
Los jóvenes también se benefician con la iniciativa Bono de Empleo Joven
Los jóvenes que pueden ser parte de la iniciativa Bono Empleo Joven se benefician al ser contratados por empresas e instituciones, adquirir destrezas y experiencia laboral y hasta tener la posibilidad de lograr un contrato indefinido.
Para ello deben cumplir con los siguientes requisitos:
- Estar inscritos en el Fichero Nacional del Sistema de Garantía Juvenil.
- Tener entre 18 y 29 años.
- Poseer alguna de las siguientes titulaciones: universitaria, de FP, ESO o Bachiller.
La empresa debe garantizar que el trabajador cumpla con estos requisitos antes de formalizar el contrato; por lo que se recomienda solicitarle la copia de su inscripción en Garantía Juvenil, del DNI y de la titulación que posee.
A través de la web, los jóvenes que reúnen los requisitos para beneficiarse del Bono Empleo Joven puede publicar su currículum asociado al Bono, para que puedan ser localizados más fácilmente por las empresas y entidades empleadoras.
Para llevar a cabo este trámite, el joven debe registrarse o validar su usuario en la página del Servicio Andaluz de Empleo haciendo clic aquí.
¿Cómo me doy de alta en el Sistema Nacional Garantía juvenil?
Para inscribirse en el Sistema Nacional Garantía juvenil deben cumplirse con los siguientes requisitos con carácter previo a su solicitud:
No haber trabajado, estudiado o haber realizado alguna acción formativa el día natural anterior a la solicitud
Tener nacionalidad española o ser ciudadanos de la Unión o de los Estados parte del Acuerdo Económico Europeo o Suiza que se encuentren en España, en ejercicio de la libre circulación y residencia. También pueden inscribirse los extranjeros titulares de una autorización para residir en España y trabajar.
Estar empadronado en cualquier localidad del territorio nacional.
En el momento de la solicitud, tener más de 16 años y menos de 25, o menos de 30 años, en el caso de personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento.
Presentar declaración escrita del interés por participar en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, y el compromiso de participar activamente en sus acciones.
La inscripción o renovación como demandante de empleo en un Servicio Público de Empleo implica la inscripción en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, si se cumplen los requisitos exigidos.
Si se cumplen con estos requisitos, se debe acceder al fichero del Sistema de Garantía Juvenil para inscribirse a través de algunas de las estas modalidades:
REGISTRO CON DNI ELECTRÓNICO O CERTIFICADO
ACCESO DE FORMA ASISTIDA
A TRAVÉS DEL SISTEMA CL@VE
CON USUARIO Y CONTRASEÑA O INSCRIPCIÓN TELEMÁTICA
OTRAS FORMAS DE ACCESO
USUARIOS REGISTRADOS EN GARANTÍA JUVENIL
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