De los aspectos a considerar en nuestra empresa o negocios, contratar personal es uno de los procesos más importantes.

Necesita hacerse de la mejor forma posible para evitar inconvenientes innecesarios pero también para contar con trabajadores que se sientan a gusto en la empresa y verdaderamente comprometidos con su trabajo.

Dice el refrán que “al que obra bien le va bien”.

Y no se trata de ir por ahí creyendo en la buena vibra, se trata de hacer las cosas bien desde el principio en todos los proyectos que emprendemos para que los resultados no solo sean los esperados sino los mejores.

 

Cuál es el contrato más adecuado para tu empresa

El primer paso es entender las propias necesidades de tu empresa o el por qué estás contratando personal con un determinado perfil y características.

Las empresas deben entender qué contratos son los más adecuados para su actividad o negocio y con base en ello iniciar el proceso de selección y reclutamiento.

Tener claro esto desde el principio ahorrará un gran retrabajo y malentendidos con los posibles candidatos.

Una pequeña empresa quizás necesite algo de apoyo en un periodo del año en el que el nivel de trabajo aumenta y por esta razón sus contratos son en gran parte temporales, pero otras empresas de mayor tamaño quizás quieran lograr una plantilla estable en el tiempo y valoren la importancia de ofrecer un contrato indefinido.


En ambos casos, podrían necesitar de personal en prácticas o aprendices en los que sea posible delegar algunas tareas para centrarse en funciones más estratégicas, es por ello que un contrato de formación y aprendizaje es la opción ideal que se adapta a organizaciones de todo tipo y tamaño.


Para conocer más en profundidad qué tipo de contrato es el mejor para tu empresa visita el enlace:

Tipos de Contratos: ¿Qué contrato es mejor para mi empresa?

contratar personal para tu empresa

Hacer las cosas bien trae siempre buenos resultados

Esto suena como algo que oíamos muchas veces de nuestros padres y maestros.

Es una verdad que no pasa de moda incluso en el ámbito empresarial.

Si nos saltamos la Ley pensando que nos pasaremos de listos con seguridad encontraremos un camino de dificultades para sostener nuestros propios errores.

De ahí que la recomendación, además de cumplir siempre con las leyes, es apoyarse en expertos que nos orientarán y facilitarán el papeleo y los trámites necesarios para estar en regla con las autoridades.

Los contratos de todo tipo suponen cumplir con la normativa, respetar las condiciones laborales y el tipo de jornada laboral, entre muchos aspectos.

Las inquietudes surgen a partir mayoritariamente del desconocimiento de la Ley y de su aplicación, pero su incumplimiento puede acarrear desagradables consecuencias y sanciones bajo la consideración de estar celebrando contratos en Fraude de Ley.

Dado que en 2019 se harán unas 16.272 inspecciones de trabajo, en este fin de año la invitación es a ponerse en manos de expertos para cubrir todos los flancos posibles en materia de contratación y en los ámbitos que tienen que ver con la gestión del recurso humano.

 

En FO&CO Consultores acompañamos a las empresas a través de nuestra consultoría en recursos humanos mediante una metodología de análisis y diagnóstico de las necesidades de la organización, la identificación de sus fortalezas y áreas de mejora y la creación de un plan de acción conveniente a los objetivos empresariales.

 

CONSULTORÍA EN RECURSOS HUMANOS

 

Esto incluye un énfasis en la orientación laboral y legal acerca de la contratación y su adecuada tramitación dentro del marco de la Ley.

contratar personal

 

Recibe todos los beneficios de los contratos de formación sin dolores de cabeza

El contrato de formación y aprendizaje es realmente una modalidad “estrella” dentro de los tipos de contrataciones.

Ofrece significativos ahorros y ventajas a las empresas y disminuye costes laborales .

Para cumplir a cabalidad con este tipo de contrato regulado en el art. 11.2 del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre (arts. 6 a 27), las empresas deben cumplir rigurosamente con dos aspectos fundamentales:

  • Por una parte, que el trabajador dedique el 75% de su jornada a su trabajo efectivo (el 85% durante el segundo y el tercer año) y el 25% restante a la actividad formativa que conlleva el contrato.
  • Y por otra, que la propia formación puede ser verificada, supervisada y esté debidamente avalada.

El contrato para la formación y el aprendizaje es la única modalidad de contratación en la que los Seguros Sociales tienen un coste de 0€ para la empresa, un derecho a una deducción del 100% en las cuotas de la Seguridad Social (75% si la empresa tiene más de 250 trabajadores) y una bonificación del 100% de la formación en los Seguros Sociales.


Cuando este contrato se convierte en indefinido la compañía recibe 1500 euros anuales (1800 euros si es mujer) durante 3 años.

Así mismo, la formación durante el contrato de formación está bonificada al 100% en los costes de la formación teórica relacionada al contrato y posibilita que la organización reciba una bonificación adicional, de entre 60€ y 80€, por la tutorización mensual del empleado.

¿Cómo tramitar la bonificación por el Tutor en el Contrato de Formación?

Además, de todos los beneficios antes descritos, el contrato de formación es una modalidad contractual que está exenta de indemnización, si la empresa avisa al trabajador en formación de la finalización del contrato con una antelación mínima de quince días a su finalización o en el tiempo de preaviso que establece el convenio.

Si quieres animarte a disfrutar de las ventajas que ofrecen los contratos de formación y aprendizaje te invitamos a conocer más sobre el tema a través del siguiente post:

Cómo calcular el ahorro del contrato de formación y aprendizaje

 

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