En el contrato para la formación y el aprendizaje, la formación online que realiza el trabajador, implica una pequeña parte porcentual de su jornada laboral pero de gran importancia tanto para el propio trabajador como para la empresa contratante.

El empleado adquiere nuevos conocimientos acerca de un determinado oficio y se especializa y, además, tiene la posibilidad de obtener un certificado de profesionalidad al finalizar su contrato.

La empresa, por su parte, incluye en su plantilla de personal a un nuevo profesional en aprendizaje que adquiere habilidades y conceptos de forma progresiva para ponerlos en práctica en el propio puesto de trabajo, aportando valor.
 

Cómo es la formación online en un contrato de formación

Los contratos para la formación y el aprendizaje ofrecen así la posibilidad de lograr una formación teórica y práctica que permitirá el desempeño adecuado del profesional en un determinado oficio, sumándose a un mercado laboral cada vez más competitivo.

Todo ello se desarrolla en un régimen de alternancia entre el tiempo dedicado a la formación y la jornada laboral, con la posibilidad de efectuar ambos en la propia empresa o, de igual forma, con el apoyo y aval de un centro de formación acreditado.

Este tipo de contratación se ha convertido en los últimos años en una modalidad muy atractiva para los empresarios.

A la par que favorece la inserción laboral y permite a las empresas adquirir nuevo talento para formarlo según sus necesidades y requerimientos, proporciona a las organizaciones una serie de importantes beneficios e incentivos económicos .

Esta formación de la que se beneficia el trabajador tiene coste cero para la empresa.

Sin embargo, el joven empleado entre 16 y 30 años asegura el aprendizaje de las competencias necesarias para desempeñar un oficio relacionado con el puesto de trabajo que desarrolla de forma práctica en la compañía.

Otra de las ventajas económicas es el bajo coste en cotizaciones a la Seguridad Social.

De hecho, las empresas con plantilla hasta 250 trabajadores pueden bonificar hasta el 100% de los seguros sociales en sus contratos de formación, si cumplen con los requisitos y obligaciones establecidos en la ley. Por su parte, las empresas con más de 250 empleados gozan del 75% de bonificación.


 

En caso de no poder bonificarse los seguros sociales, la cotización del contrato de formación es siempre fija y reducida.

Así mismo, la empresa puede tener tantos contratos de formación como necesite y un trabajador puede volver a ser contratado para la formación, si lo hace en una actividad laboral distinta.

Todo ello implica un increíble beneficio, sin contar con la posibilidad de que el contrato pase a convertirse en indefinido : si el trabajador pasa a ser indefinido, la empresa puede recibir 1.500 € (si es hombre), y 1.800 € (si se trata de una mujer).

 

Contrato de formación: Posibilidad de alternar formación y trabajo

La actividad formativa del contrato de formación debe estar vinculada a un certificado de profesionalidad a un título oficial de Formación Profesional, e incluir contenidos complementarios, según las necesidades específicas de la compañía.

La empresa debe designa un tutor laboral para apoyar y orientar al trabajador con contrato de formación.

Por esta labor de tutorización la organización puede recibir de manera adicional hasta 80 euros mensuales, según el número de horas y el tamaño de la plantilla.

Es preciso recordar que la empresa debe velar porque el 75% de la jornada se dedique al trabajo efectivo y el 25 % a la formación durante el primer año de contrato (85% – 15 %, en el segundo y tercer año).

De esta manera, se asegura la alternancia entre el tiempo de formación y de trabajo; por ejemplo, la formación podría distribuirse en aquellos momentos de menor carga de trabajo, según los requerimientos de la empresa.

Formación Online en los contratos de formación y aprendizaje
 

La formación online en contratos de formación y aprendizaje

En un contrato de formación y aprendizaje, la actividad formativa podría realizarse bajo la modalidad online o presencial.

En concreto, la formación online proporciona inmensos beneficios para el trabajador y la empresa.

La formación online se realiza a través de un campus virtual, un espacio al que se accede a través del internet y en el que el alumno/trabajador dispone de todos los recursos formativos necesarios.

La formación online ofrece flexibilidad de horarios y de lugar en el que se efectúa el aprendizaje.

Posibilita la obtención de conocimientos por módulos a partir de contenidos y metodologías de calidad que utilizan a su favor tecnología pedagógica y atractiva, mediante un aprendizaje abierto, flexible y accesible.

Por ello, 85% de las empresas prefiere la formación online o telemática y 90% de los trabajadores aumenta su compromiso con las organizaciones en las que trabajan a través de dichas formaciones.

La combinación de teoría y práctica en esta formación garantiza la aplicación práctica de lo que se aprende.

Los alumnos/trabajadores se sienten más motivados porque vivencian en el propio puesto de trabajo los conocimientos y habilidades que reciben en la actividad formativa.

Se trata de aprendizaje activo, en el que se fomenta la participación, la proactividad y la colaboración para el logro de los objetivos propuestos.

Esta modalidad de formación acompaña a los alumnos/trabajadores a través del importante rol de los tutores y expertos, es decir del propio empresario o de alguno de los trabajadores de la empresa con la cualificación o experiencia profesional adecuada.

Los tutores o expertos empresariales elaboran, al finalizar la actividad laboral del trabajador/a, un informe sobre el desempeño del puesto de trabajo.
 

Como se ha señalado con anterioridad, la formación del contrato de formación debe estar vinculada a un certificado de profesionalidad, a un título oficial de Formación Profesional.

Por tanto, la actividad formativa de los contratos de formación y aprendizaje estará integrada a los contenidos teóricos del certificado de profesionalidad de la ocupación relacionada con el puesto de trabajo previsto en el contrato o, en su defecto, por los contenidos establecidos por el Servicio Público de Empleo Estatal para dichas ocupaciones o especialidades formativas relativas al oficio o puesto de trabajo contemplados en el contrato, cuando no esté vinculado a un certificado de profesionalidad.

Cada certificado de profesionalidad está integrado por distintos módulos formativos, es decir, las unidades mínimas acreditables.

A lo largo de ellos es preciso realizar y entregar una serie de actividades, con las fechas precisas establecidas en su programación.

De igual forma, el alumno/trabajador debe asistir a las tutorías presenciales que incluye su certificado, si este lo requiriese.

Al finalizar cada módulo, el alumno/empleado debe presentarse a un examen, al que tiene opción si ha visualizado el 100% del contenido y ha entregado el 100% de sus actividades.

Si se supera el examen presencial, se obtiene la acreditación por cada módulo.

Una vez efectuados todos los módulos que componen el Certificado, se obtiene la acreditación del correspondiente Certificado de Profesionalidad, la formación oficial y reglada que reconoce la cualificación de ese trabajador para realizar un oficio determinado, avalada por el Servicio Público de Empleo Estatal y las Comunidades Autónomas, con validez para toda Europa.

 

¿Qué ocurre si el trabajador no realiza las actividades o no aprueba el examen?

Si bien es cierto que la empresa tiene que facilitarle al trabajador la realización de su formación y cumplir con las obligaciones que establece la Ley.

El trabajador en contrato de formación, posee también deberes en relación a su formación.

Para evitar consecuencias, el alumno/trabajador deberá efectuar la actividad formativa de manera adecuada, cumpliendo con los siguientes aspectos:

  • Contar con las competencias tecnológicas mínimas para realizar la formación online o teleformación; la empresa o el centro de formación verificarán que las posea a través de una prueba inicial.
  • Visitar con frecuencia el aula virtual para realizar la formación y disponer del horario para ello cada semana
  • Realizar de manera adecuada las actividades asignadas y entregarlas en las fechas determinadas de manera obligatoria
  • Asistir a las sesiones y exámenes presenciales que se requieran.

En el contrato para la formación y el aprendizaje, la formación puede generar múltiples inquietudes.
 

Una de ellas, la más común, es qué sucede si el alumno/trabajador no efectúa la formación de la forma adecuada o completa o no aprueba los exámenes.

  • El alumno/trabajador suspende su primer examen del módulo: puede acudir a una segunda y última convocatoria; si la aprueba continúa con el siguiente módulo hasta completar y aprobar el certificado y luego recibe el certificado de profesionalidad.Si suspende continúa con el siguiente módulo hasta completar pero no obtiene el certificado a su finalización, sino una acreditación parcial de los módulos que sí ha aprobado.
    Esta circunstancia no afecta el contrato laboral.
  • El alumno/trabajador no puede presentarse al examen por causa justificada: en este caso éste debe presentar los justificantes para acudir a una segunda y última convocatoria; si aprueba continúa con el siguiente módulo hasta completar y aprobar el certificado y recibir el certificado de profesionalidad.Si suspende continúa con el siguiente módulo hasta completar pero no obtiene el certificado a su finalización, sino una acreditación parcial de los módulos que sí ha probado.
    Esta situación tampoco afecta el contrato laboral.
  • El alumno/trabajador no puede presentarse porque no ha realizado las actividades: el incumplimiento de las actividades y asignaciones de los módulos correspondientes afecta la continuidad de la formación y también puede llegar a afectar el contrato.
    La no realización de la formación o la inasistencia del trabajador a las actividades formativas pueden ser consideradas como falta de trabajo a los efectos legales y por tanto ser causal de despido.

Algunas veces los trabajadores/alumnos afirman que trabajan más de 6 horas, y que por ello no tienen tiempo para realizar la formación.

Para poder evitar esta situación, se puede optar por acumular la formación en unos periodos concretos, si existen razones organizativas para ello.
 

Durante el periodo de formación que se designe y en el que se ha acumulado esta actividad, el empleado no podrá realizar ningún tipo de actividad laboral, sino solo formación.

El contrato para la formación y el aprendizaje pretende cualificar profesionalmente a los trabajadores, alternando actividad laboral retribuida en una empresa con formación recibida como parte del sistema de formación profesional para el empleo o del sistema educativo.

Esta modalidad de contratación favorece la inserción de los jóvenes, abriéndoles nuevas y prometedoras oportunidades en el competitivo mundo laboral.
 
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