En este artículo abordamos todo lo que necesitas conocer sobre las bajas médicas por Incapacidad Temporal.

Seguramente te ha ocurrido que un día te levantas con fiebre o gastroenteritis, o bien sientes alguna molestia persistente en tu organismo bien sea por enfermedad o por algún tropiezo que te has dado al bajar unas escaleras.

A todos alguna vez nos ha pasado o nos puede llegar a pasar.

De igual manera, y sea lo que sea que te ocurra, conviene conocer qué ocurre si enfermas o tienes un accidente que te impide ir a trabajar y cumplir con tu labor.

¿En qué consiste la Incapacidad Temporal?

La Incapacidad Temporal es aquella situación o circunstancia en la que una persona no puede efectuar la actividad laboral que desempeña normalmente, a consecuencia de una enfermedad o lesión.

La persona se encuentra imposibilitada para trabajar, inicialmente de forma temporal y a corto plazo, hasta que reciba el tratamiento médico adecuado y se reincorpore a su trabajo con normalidad.

Si la enfermedad o lesión continúa y se torna grave o de intensidad superior, extendiéndose su tratamiento en el tiempo, la Incapacidad podría convertirse en Permanente.

Las causas de la Incapacidad Temporal y de la Incapacidad Permanente pueden ser las mismas: la enfermedad común, el accidente de trabajo o no laboral y la enfermedad profesional.

La baja médica dependerá del tipo de causa y de la evaluación del facultativo.

solicitar incapacidad temporal

Quién y cómo se solicita la Incapacidad Temporal

Cualquier trabajador, inclusive los autónomos, que estén dados de alta en la Seguridad Social o asimilados a ella en alguna de las condiciones existentes, incluso recibiendo una prestación, tiene derecho a solicitar la Incapacidad Temporal.

Si la causa es la enfermedad común, se le exige al trabajador haber cotizado 180 días durante los 5 años anteriores.

Si por el contrario es por un accidente o enfermedad profesional no se exige un período previo de cotización.

¿Qué se cobra estando de baja?

Dependerá del origen de la baja médica, lo que el trabajador cobrará por Incapacidad Temporal.

Para calcular el cobro se aplican dos variables: la base reguladora y el porcentaje de aplicación.

• En caso de enfermedad común o accidente no laboral

En el caso de que la baja médica sea por enfermedad común o accidente no laboral, la base reguladora se determina por la cotización por contingencias comunes del mes anterior a la baja.

El porcentaje a cobrar será del 60% de esa base reguladora desde el día 4 hasta el 20, ambos inclusive.

A partir del día 21 de baja, el trabajador cobrará el 75% de la base reguladora.

Sin embargo, algunas empresas o Convenios Colectivos complementan hasta el 100%.

• En caso de accidente de trabajo o enfermedad profesional

La base reguladora implica la suma de la base de contingencias profesionales del mes anterior a la baja, sin contar las horas extraordinarias y de la cotización de las horas extraordinarias del año natural anterior.

El trabajador tendrá derecho al 75% de la base reguladora desde el primer día.

En algunos Convenios Colectivos y empresas la pensión por Incapacidad Temporal se complementa hasta el 100%.

quien puede pedir incapacidad temporal

¿Cuánto puede durar una Incapacidad Temporal?

La Incapacidad Temporal puede durar hasta un máximo de un año, con la opción a prorrogarlo.

Al año de baja el trabajador es valorado por el médico, pudiéndole dar el alta médica por curación, una prórroga de Incapacidad Temporal hasta un máximo de 180 días, o bien proponer una incapacidad permanente.

Al llegar al tiempo máximo de la prórroga, el trabajador es valorado nuevamente para reconsiderar su estado de salud.

En este momento, el trabajador puede recibir el alta médica, o de forma extraordinaria una prorroga de máximo 6 meses de baja médica hasta llegar a los 2 años.

Esta prórroga extraordinaria supone que se prevé una posibilidad de recuperación en un período relativamente breve de tiempo.

De igual forma, en esta evaluación es posible que sea reconocida una incapacidad permanente, en caso de que el facultativo lo considere.

¿Qué ocurre si un trabajador tiene una recaída de una Incapacidad Temporal?

Cuando un trabajador sufre una recaída de una Incapacidad Temporal, puede volver a coger la baja médica por el mismo motivo.

Es decir, la misma enfermedad o lesión que originó la primera baja, sin que hayan pasado 6 meses desde el alta anterior.

Las bajas médicas por recaída aseguran los mismos derechos que en cualquier proceso de baja médica.

quien determina la incapacidad temporal

¿Quién controla las bajas médicas?

El control de las bajas médicas lo determina el médico de familia o aquel asignado por el Centro de Salud de la Seguridad Social, así como el Equipo de Valoración de Incapacidad E.V.I, en el caso de que la baja sea por enfermedad común.

Si la empresa tiene cubiertas las contingencias comunes con una Mutua de Accidentes de Trabajo, la Mutua podría hacer el control y seguimiento de la Incapacidad Temporal o baja médica.

En el caso de baja médica por accidente de trabajo o enfermedad profesional, quien la controla será siempre la Mutua de Accidentes de Trabajo o también el Equipo de Valoración de Incapacidad E.V.I.

 

¿Qué ocurre si el trabajador bajo contrato de formación recibe una baja médica temporal durante unos meses?

Si durante un contrato de formación y aprendizaje el trabajador se encuentra en una situación de Incapacidad Temporal por:

  • Enfermedad
  • Riesgo durante el embarazo.
  • Maternidad.
  • Paternidad
  • Riesgo durante la lactancia.
  • Adopción o acogimiento.

El cómputo de la duración del contrato formativo se interrumpirá durante la baja médica.

De esta manera, si un trabajador ha recibido una baja por enfermedad durante 4 meses, y lleva 1 año contratado bajo la modalidad de contrato de formación hasta la fecha, se descontarán estos 4 meses del cómputo total de la contratación.

El trabajador podrá ser contratado bajo esta modalidad durante 2 años, y 4 meses más.

 

¿Cómo debe notificar la empresa la baja por Incapacidad Temporal en un contrato de formación?

En este caso, la empresa debe efectuar los siguientes pasos:

1. Informar de la baja a la Seguridad Social.
2. También, comunicar la baja a la Mutua, por ejemplo en el caso de accidente laboral.
3. Notificar acerca de la baja al centro de formación, para que detenga la actividad formativa de ese trabajador durante el período que indique.
4. Por último, avisar de la baja a la Oficina del SEPE que corresponda.

Conocer los aspectos fundamentales acerca de la baja médica por Incapacidad Temporal es muy importante.

Pero también lo es la prevención de los riesgos y de las enfermedades comunes que pueden afectar el desempeño de tu trabajo y la productividad de tu empresa.

En el post La gripe: una de las principales causas de baja laboral durante este invierno te ofrecemos algunas recomendaciones para ganarle a la gripe y los resfriados aunque finalice el invierno.

 

La gripe: una de las principales causas de baja laboral durante este invierno

 

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