LOS INCENTIVOS Y AYUDAS PARA CONTRATOS DE FORMACIÓN QUE NINGUNA EMPRESA SE PUEDE PERDER
Muchos jóvenes están en la búsqueda de una primera oportunidad laboral.
El contrato de formación y aprendizaje es, sin duda, una de las modalidades contractuales más usadas por las empresas para incorporar personal joven con o sin ninguna experiencia.
¿CUÁLES SON LAS RAZONES?
Este tipo de contratación proporciona enormes beneficios tanto al empleador como al trabajador.
Como hemos tratado en post anteriores, el contrato de formación y aprendizaje ofrece múltiples ventajas a los trabajadores, pues obtienen a través de él un certificado de profesionalidad, título oficial válido, regulado por el Ministerio de Empleo, que acredita el grado de capacitación para llevar a cabo una actividad laboral.
Además, pueden beneficiarse de la nueva ayuda de 430€, o nuevo complemento salarial que otorga el Estado y que se agrega de forma directa al sueldo.
Pero el empleador también se beneficia al aportar su granito de arena en la reducción de la tasa juvenil de empleo.
El contrato para la formación y el aprendizaje es el único en el que los Seguros Sociales tienen un coste de 0€ para la empresa, tiene un derecho a una deducción del 100% en las cuotas de la Seguridad Social (75% si la empresa tiene más de 250 trabajadores) y una bonificación del 100% de la formación.
Además, cuando este contrato se transforma a indefinido la empresa puede recibir recibe 1500 euros anuales (1800 euros si es mujer) durante 3 años.
De igual modo, este tipo de contratos, permite que la empresa disfrute de una bonificación adicional, de entre 60€ y 80€ mensuales, por la tutorización del empleado que ésta se lleva a cabo en la empresa.
Muchas son las ayudas para contratos de formación que se están poniendo en práctica en diversas Comunidades Autónomas, asociadas a este tipo de contratación.
A continuación tratamos algunas de ellas.
Ayudas para contratos de formación y aprendizaje por Comunidad Autónoma
COMUNIDAD DE MADRID
Programa de Refuerzo de los Incentivos al Contrato de Formación y Aprendizaje
Como parte del Programa de Refuerzo de los Incentivos al Contrato de Formación y Aprendizaje, las empresas recibirán 2.940 € durante los 6 primeros meses por cada contrato en formación y aprendizaje de jóvenes a tiempo completo, inscritos como beneficiarios del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
Se aumentará en 500 € si la persona contratada es mujer.
Para disfrutar de este beneficio, las solicitudes deben presentarse como en máximo un mes desde el alta del trabajador en la Seguridad Social.
Los jóvenes contratados deben ser menores de 30 años, residir en la Comunidad de Madrid, estar inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil y carecer de la cualificación profesional reconocida por el sistema de formación profesional para el empleo o del sistema educativo.
MURCIA
Subvenciones para fomento de la contratación indefinida del contrato temporal formativo.
Con el objetivo de estimular la contratación indefinida de personas desempleadas y la conversión de contratos formativos en indefinidos, en esta comunidad se ofrecen una serie de subvenciones para los centros de trabajo.
De esta manera, serán subvencionables, contrataciones indefinidas a tiempo completo o parcial, cuando en el 50% de la jornada a tiempo completo estén contratadas personas desempleadas.
Además, de ello también estará subvencionada la conversión en indefinidos de contratos temporales formativos, a tiempo completo o parcial, con jornada mínima del 50% a tiempo completo.
Las personas deberán estar inscritas como demandantes de empleo en las Oficinas de Empleo de la Región de Murcia, y consideradas desempleadas de larga duración, así como tener 45 años o más, o en el caso de los contratos de formación, no haber cumplido 30 años de edad, y encontrarse desempleadas e inscritas como demandantes de empleo.
También pueden beneficiarse los inscritos como demandantes de empleo que realicen prácticas no laborales en empresas, cuando la contratación se formalice por la misma empresa durante la vigencia de las prácticas, teniendo al menos seis meses desde su inicio.
Ver más sobre: Subvenciones para fomento de la contratación indefinida
ARAGÓN
Ayuda de acompañamiento para contratos para la formación y el aprendizaje
En el caso de jóvenes de baja formación inscritos en Garantía Juvenil, en esta comunidad se ofrece una ayuda de acompañamiento cuando éstos acceden a contratos para la formación y el aprendizaje, con una duración de máximo de 18 meses y de 36 meses, en el caso de personas con discapacidad.
La solicitud de esta ayuda debe realizarse ante la Oficina de Empleo, durante los 15 días hábiles siguientes al inicio del contrato.
Esta ayuda ES COMPATIBLE con incentivos a la contratación e incompatible con el cobro de prestaciones por desempleo.
NO ES APLICABLE a contratos para la formación y el aprendizaje enmarcados en proyectos de Escuelas, Taller, Casas de Oficios y Talleres de Empleo que estén suscritos a programas públicos de empleo y formación.
Por su parte, las empresas, incluidos los trabajadores autónomos, que transformen los contratos para la formación y el aprendizaje en indefinidos con jóvenes beneficiarios de la ayuda económica de acompañamiento, recibirán una bonificación de 250€ al mes en la cuota de la Seguridad Social por contingencias comunes.
Esto bien sea al final de su duración o de sucesivas prórrogas, hasta el máximo periodo legal previsto para esta modalidad contractual.
Esta bonificación es adicional a la recibida por la conversión en indefinidos de contratos para la formación y el aprendizaje establecida en el artículo 3 de la Ley 3/2012.
También podrán recibir este incentivo socios trabajadores, de cooperativas, sociedades laborales y de empresas de inserción.
Las empresas deben mantener empleado al trabajador contratado por al menos tres años desde la conversión.
De igual forma, el Ministerio de Empleo y Seguridad Social evaluará el mantenimiento del nivel de empleo indefinido y de nivel de empleo total a los 6 meses de realizarse el contrato bonificado.
CASTILLA – LA MANCHA
Subvención por la Formalización de Contrato para la Formación y el Aprendizaje.
Esta comunidad cuenta con un incentivo extra relacionado con el contrato de formación y aprendizaje.
En este sentido, es subvencionable la contratación para la formación y el aprendizaje con 5.140 €, si los puestos de trabajo se generan en Castilla-La Mancha para jóvenes de 16 a 30 años, inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
También aplica para mujeres que tengan la condición de víctimas de violencias de género, desempleadas e inscritas como demandantes de empleo en las Oficinas de Empleo de Castilla-La Mancha, mayores de 16 y menores de 30 años, para personas con discapacidad y en situación de exclusión social.
Si se trata de alguno de estos casos, la cuantía de la subvención se incrementa en 700,00 euros.
De igual forma, la cuantía aumentará en un 20% cuando la actividad subvencionada se realice en alguno de los municipios incluidos en el procedimiento de gobernanza de la Inversión Territorial Integrada (ITI) de Castilla-La Mancha para el período de programación 2014-2020 o con base en la distribución municipal para el Estímulo Económico de Zonas Prioritarias en Castilla-La Mancha.
Podrán ser beneficiarias de estas ayudas para contratos de formación las empresas, sociedades laborales o cooperativas, comunidades de bienes, sociedades civiles y las entidades sin ánimo de lucro que realicen contratos para la formación y el aprendizaje bajo estas condiciones.
El plazo máximo de presentación de solicitudes se extenderá hasta el día 30 de octubre de 2018.
Ver más sobre: Subvención para la formalización de Contrato para la Formación y el Aprendizaje
COMUNIDAD VALENCIANA
Fomento de la contratación indefinida de personas jóvenes cualificadas en el marco del Sistema Nacional de Garantía Juvenil y Fomento de la contratación en prácticas de personas jóvenes cualificadas en el marco del Sistema Nacional de Garantía Juvenil
En esta comunidad solo se ofrecen ayudas por la contratación de jóvenes, inscritos en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil en el ámbito territorial de la Comunidad Valenciana.
Están destinadas a Corporaciones Locales y administración exclusivamente pero no están relacionadas con contratos de formación y aprendizaje propiamente dichos.
Este es el caso del Fomento de la contratación indefinida de personas jóvenes cualificadas en el marco del Sistema Nacional de Garantía Juvenil (AVALEM JOVES) y el Fomento de la contratación en prácticas de personas jóvenes cualificadas en el marco del Sistema Nacional de Garantía Juvenil (AVALEM JOVES).
Ver más sobre: Ayudas a la contratación indefinida inicial de personas jóvenes
Ver más sobre: Ayudas a la contratación en prácticas de personas jóvenes cualificadas
ANDALUCÍA
Múltiples Ayudas a la Contratación
Además, de la ayuda de 430 euros para contratos de formación activa a nivel nacional, no cuenta con ningún incentivo extra para la contratación en formación y aprendizaje, por lo que también se mantiene en el régimen normal de esta modalidad.
Sin embargo ofrece múltiples ayudas a la contratación con el plazo abierto según distintas necesidades:
- Bono de Empleo Joven 2018.
- Prácticas no laborales – Experiencias Laborales para el empleo.
- Incentivos a la creación de empleo estable, en el marco del Programa de Fomento de Empleo Industrial y Medidas de Inserción Laboral en Andalucía.
- Contratación indefinida de las personas destinatarias del Bono Empleo
- Ayuda asociada al traslado de residencia del Programa Retorno del Talento.
- Incentivos a la contratación dirigidos a las empresas del Programa Retorno del Talento.
- Incentivos a la ampliación de la jornada laboral parcial a jornada completa, en el marco del Programa de Fomento de Empleo Industrial y Medidas de Inserción Laboral en Andalucía.
- Ayuda a la contratación para el cuidado de un familiar, para facilitar apoyo a personas que tengan a cargo un familiar en primer grado de consanguinidad con discapacidad del 75%.
Ver más sobre: Ayudas a la contratación
Requisitos para bonificar un contrato de formación a las empresas
Si en tu comunidad autónoma se ofrecen este año ayudas para contratos de formación y aprendizaje, no dejes pasar la oportunidad.
Para acceder a ellos, las empresas deben cumplir, en líneas generales, con los siguientes requisitos:
- El trabajador con el cual se formalizará el contrato de formación debe estar inscrito como demandante de empleo.
- La empresa no debe tener deudas con la Seguridad Social, ni Hacienda tanto durante el alta del trabajador como a lo largo de la aplicación de las bonificaciones.De igual forma, no debe estar excluida por infracciones muy graves en cuanto a la Ley.
Las Empresas que finalicen contratos bonificados por despido improcedente o colectivo, no recibirán las bonificaciones durante 12 meses.
- La contratación no aplica para familiares hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad del empresario, de los directivos, o administrativos de la empresa.Tampoco a trabajadores que hayan laborado durante los últimos dos años anteriores con contrato indefinido, o los últimos 6 meses anteriores con contrato temporal o de formación.Ni a trabajadores con contrato indefinido en otra empresa durante los 3 meses anteriores a su contratación, exceptuando en los casos de despido colectivo, o improcedente.
- Una vez formalizado el contrato, es fundamental que la empresa suscriba el Acuerdo para la actividad formativa, informe al representante legal de los trabajadores, asigne un tutor dentro de la empresa, y cuide que el puesto de trabajo objeto del contrato esté relacionado con la formación, entre otros.
Hacer un contrato de formación y aprendizaje en 2018
La única novedad a considerar este año si se va a realizar un contrato de formación y aprendizaje es tener en cuenta si el trabajador está inscrito o no en Garantía Juvenil.
SI NO ESTÁ INSCRITO, EL CONTRATO DE FORMACIÓN SE EFECTUARÁ DE LA FORMA HABITUAL
El Servicio Público de Empleo Estatal ha cambiado las cláusulas específicas del modelo oficial de contrato que está disponible en web.
Se ha incorporado lo último relacionado al desarrollo normativo del Sistema Nacional de Garantía Juvenil que establece reducciones asociadas al contrato de formación y aprendizaje, que en el caso de que el trabajador esté inscrito en Garantía Juvenil pasan a ser bonificaciones.
En el caso de que el trabajador esté inscrito en Garantía Juvenil debe indicarse su afiliación colocando “01 “Beneficiarios del SNGJ” en el campo “Beneficios”.
Ahora, se encuentra visible en la parte lateral izquierda la casilla “Con bonificación de cuotas S.Social para trabajadores inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil” y debajo las opciones a marcar según la plantilla de la empresa.
Finalmente, para tramitar un contrato de formación, debe recordarse que:
- La impartición es online (teleformación) por lo que se requieren competencias tecnológicas mínimas.
- La formación es oficial; se obtendrá un Certificado de Profesionalidad.
Se requerirá por ello un nivel académico mínimo para acceder a ellas. - El SEPE velará por el cumplimiento adecuado de la formación, por lo que conviene realizar el contrato con aquellos candidatos que se comprometan de lleno a efectuarla.
- El trabajador debe contar con fotocopia de DNI, Nº de Seguridad Social, justificante de inscripción como demandante de empleo y constancia de finalización de la ESO (solo cuando la formación sea de nivel 2).
Para facilitar los trámites, contacta con FO&CO Consultores, como centro de formación acreditado.
Podamos ofrecerte asesoría completa sobre el contrato de formación, la formación más adecuada para cada candidato y revisar que éste cumple efectivamente con los requisitos.
Como parte de nuestro servicio de acompañamiento, solicitamos la autorización de inicio de la formación al Servicio Público de Empleo correspondiente.
Éste confirmará la autorización de forma telemática en un plazo máximo de un mes.
Al obtener la autorización, nos ponemos en contacto contigo para DAR DE ALTA EL CONTRATO.
Recuerda que nunca debes realizar el alta sin antes tener la autorización, que es imprescindible para formalizar el contrato de formación.
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