Si eres una madre trabajadora, bien sea por cuenta propia o ajena, y tus hijos van a la guardería desde el 2018 puedes optar, antes del 15 de febrero, por el “cheque guardería”, una mejora estatal de la deducción por maternidad con efectos desde el 1 de enero de 2018, aprobada a través de la Ley de Presupuestos Generales del Estado (PGE) de 2018.

Este nuevo cheque guardería posibilita a las madres trabajadoras deducir hasta 1.000 euros anuales en su declaración de la renta por concepto de gastos de escolarización de sus hijos hasta 3 años de edad, o lo que se conoce como primer ciclo de Educación Infantil, guarderías o escuelas infantiles autorizados.

Sin duda, se trata de una nueva ayuda para hacer posible la conciliación de las mujeres trabajadoras.

En este post, explicamos en detalle todo lo que debes saber sobre este nuevo cheque guardería.

 

¿Cómo funciona el nuevo cheque guardería?

El nuevo cheque guardería está regulado a partir del artículo 61, de la Ley 6/2018, de Presupuestos Generales del Estado, en la que modificó el artículo 81 de deducción por maternidad de la Ley 35/2006.

De esta manera, se trata de una deducción que se aplicará en la próxima declaración de la Renta, una ayuda para la conciliación laboral y familiar que se añade a la ya existente para mujeres trabajadoras, que consiste en el abono anticipado de la deducción por maternidad que alcanza un total anual de 1.200 euros por hijos a su cargo de entre 0 y 3 años.

El cheque guardería no se abona por adelantado como sucede con los 100€ mensuales de la deducción por maternidad.

Por ello es una deducción que se hará en la declaración de la renta.

Pero nos centraremos hoy en el cheque guardería, cuya cuantía depende del número de meses que acuda tu hijo a la guardería, el importe o mensualidad abonada en dicho centro, y el cumplimiento de una serie cx requisitos que explicaremos en detalle.

Antes es preciso aclarar varios aspectos de esta ayuda estatal.

El cheque guardería es una ayuda solo para las madres trabajadoras, por tanto no la pueden solicitar los padres, excepto si la madre falleciera, si la guarda y custodia se atribuye al padre con exclusividad o a un tutor legal, siempre que se cumpla con los requisitos.

Otro aspecto importante es que la concesión de reducción de jornada no tiene efectos negativos en su obtención.

Sin embargo, si durante el mismo año la madre ha trabajado unos meses y el resto se ha encontrado en situación de desempleo, solo se podrá deducir los gastos que corresponden a los meses trabajados.

Todo tipo de contrato de trabajo es válido para optar por este derecho.

Incluso los contratos para la formación y el aprendizaje.

De la misma manera que el resto de modalidades contractuales, tienen derecho a la reducción de jornada laboral por hijo a cargo, a las vacaciones y a cotizar en la Seguridad Social, en los contratos para la formación y el aprendizaje existe el derecho a recibir esta y otras ayudas que apunten hacia la conciliación laboral y familiar.

 

Requisitos para acceder al cheque guardería

Requisitos para acceder al cheque guardería

En realidad, los requisitos para obtener esta deducción son los mismos que para la obtención de la deducción por maternidad, pero precisaremos algunos detalles acerca del cheque guardería:

Trabajar: es el primer requisito fundamental.

El cheque guardería se otorga a mujeres trabajadoras por cuenta propia o ajena siempre y cuando estén dadas de alta, durante el periodo solicitado, en el Régimen General de la Seguridad Social o RETA

Matricular a un hijo menor de 3 años en una guardería o centro infantil.

Si tu hijo cumple los 3 años durante este curso, se incluyen los meses hasta que culmine el periodo de guardería.

Esta deducción se puede solicitar hasta el mes anterior en que el niño entre al colegio o 2º ciclo de Infantil si es el caso.

Por ejemplo, si el niño cumple 3 años en mayo, igual irá a la guardería hasta el mes de julio, y hasta ese mes la madre podrá deducir estos gastos en su Renta.

La guardería o escuela infantil debe estar autorizada por la Comunidad Autónoma en la que se encuentre.

Los centros autorizados pueden ser tanto públicos como privados.

En el caso de los públicos solamente se deducirán las cuotas que ocasionen realmente un gasto a la madre, justificándolas debidamente.

Se toman en cuenta los gastos relacionados con la guardería o centro infantil siempre que sean por meses completos.

Esto puede incluir la matrícula, la alimentación, entre otros.

Pero la condición es que tu hijo haya asistido al centro el mes completo en el centro o no se tomará en cuenta para la ayuda.

Es importante conocer que el importe máximo que se puede deducir a la madre por concepto del nuevo cheque guardería es de 1.000€ anuales, pero el monto dependerá de los gastos reales.

No puede percibirse otra subvención o ayuda para el pago del centro, bien sea desde la Administración pública o de la empresa en la que se trabaja.

 

¿Cómo funciona el nuevo cheque guardería?

Cómo solicitar el cheque guardería

Antes que nada, es necesario aclarar que son las guarderías o escuelas infantiles las que deben proporcionar los datos a Hacienda y rellenar la documentación necesaria -modelo 233 o Declaración informativa por gastos de guarderías o centro de educación infantil autorizado.

Éste trámite tendrán que realizarlo antes del próximo 15 de febrero para que se pueda desgravar dicha cantidad correspondiente al año 2018 en la próxima declaración del Impuesto sobre la renta de la madre.

En el documentación debe constar la información sobre los menores y sus progenitores, los meses completos en los que el niño asistió al centro, los gastos mensuales por concepto de asistencia a la guardería que sean deducibles, así como los gastos anuales que abonaron los padres (gastos de matrícula, cuota en horario general, cuotas de horario ampliado como aula matinal y comedor).

Será a partir de 2020, que el plazo para la presentación de esta documentación sea el 30 de enero, como corresponde al resto de las declaraciones informativas.

Dicho lo anterior, debemos entender que la madre como tal no debe ni tiene que realizar ninguna solicitud.

Sin embargo, la recomendación es consultar antes y directamente con la propia guardería para asegurar que sí está efectuando este procedimiento estatal de la forma adecuada.

Una vez confirmado con la escuela infantil que se ha presentado la documentación, la madre debe contemplarlo en su declaración de la Renta en mayo o junio, momento en el que la presente.

 

La conciliación de la vida familiar y laboral: un asunto de todos

 

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