Dos de cada tres personas con discapacidad están inactivas por incapacidad laboral, y reciben una prestación por esa razón.

Un día estás bien y al otro puede pasar cualquier cosa.

Para quienes se han desempeñado en un determinado puesto de trabajo toda la vida, tan solo pensar en no poder ejercerlo puede causar gran angustia.

Ante una situación desafortunada de accidente o enfermedad que impida continuar en la misma actividad laboral,

¿puede alguien reinventarse para trabajar en algo completamente distinto?

En España, 1.774.800 personas en edad activa se encuentran en situación de discapacidad.

Equivalen a un 5,9 por ciento de la población total.

De ellos solamente un tercio trabaja y el 43,2 % ha optado por abandonar sus estudios sin una visión esperanzadora.

incapacidad laboral temporal

Según el origen de la incapacidad laboral, ésta puede ser temporal o transitoria, o permanente total para la profesión que habitualmente esa persona llevaba a cabo.

Es de esta última circunstancia, la incapacidad permanente total, que trataremos en este post.

Una persona que sufre una incapacidad permanente total se encuentra inhabilitada para llevar a cabo todas las tareas de su profesión habitual o aquellas consideradas fundamentales para su ejercicio.

Siempre que dicha incapacidad laboral no la inhabilite para efectuar otras tareas o trabajos, este individuo puede dedicarse a otra actividad laboral distinta.

En el caso de que las dolencias o el padecimiento no le permitan realizar otro trabajo o tareas, la incapacidad laboral sería absoluta.

En todo caso, con la incapacidad permanente total el trabajador cobra una prestación por incapacidad permanente pero puede también recibir a su vez un salario por llevar a cabo un trabajo.

Siempre que las funciones que realice sean en una actividad distinta a la de su profesión u oficio habitual y compatible con su declaración de incapacidad laboral.

causas incapacidad laboral

En búsqueda de una segunda oportunidad laboral

Cuando se le concede la incapacidad permanente total a un trabajador, por una lesión accidental o enfermedad, se está dando por hecho que éste no puede realizar las funciones de su profesión habitual, es decir, aquella en la que se desempeñaba.

Esto aunque el origen de la incapacidad no sea un accidente laboral.

La Seguridad Social abona a la persona una pensión, mientras mantenga la incapacidad permanente.

Sin embargo, la cuantía económica de esta suele ser insuficiente en muchos casos, por lo que se hace necesario buscar ingresos complementarios.

La mayoría de las personas piensan que no pueden trabajar en otra actividad o hacer otras tareas distintas a aquellas para las que se les ha incapacitado, que no pueden trabajar en otra empresa o que deben renunciar a la incapacidad laboral permanente si desean trabajar.

Como hemos comentado, la incapacidad permanente total inhabilita al trabajador para efectuar las principales tareas o funciones de su profesión habitual, pero no de otra profesión u oficio.

De esta forma, es posible que este trabajador encuentre una segunda oportunidad de ser útil y realizar una actividad productiva que sea compatible con sus lesiones y, lo más importante, compatibilizar su pensión con el salario.

De hecho, el artículo 198 de la Ley General de la Seguridad Social señala que, en caso de incapacidad permanente total, la pensión correspondiente será compatible con el salario que perciba el trabajador en la misma empresa donde trabajaba o en otra diferente.

Esto ocurrirá, siempre y cuando las funciones no sean las que dieron lugar a la incapacidad permanente total o las de su profesión habitual, actividad para la que se le ha inhabilitado.

La buena noticia es que encontrar otra actividad en la que sentirse productivo es posible para estos trabajadores.

Y también es posible que retomen su formación justamente como una vía para reinventarse e iniciarse en otra vocación profesional.

Es así como un técnico electricista podría trabajar como auxiliar administrativo incluso en la misma empresa en la que trabajaba o en otra.

Tengo oportunidad laboral de trabajar después de una inhabilitación laboral

 

Prepararse para nuevos retos

Reinventarse supone una experiencia que impulsa un cambio de índole personal, profesional o incluso de ambos.

Ciertamente, aunque no sea una decisión planificada como en otros casos, no tiene por qué dejar de ser satisfactoria.

Realmente se trata de una segunda oportunidad para identificar nuestras fortalezas y talentos o dedicarnos a aquello que siempre nos gustó.

Mediante una nueva formación y práctica profesional es posible que una persona descubra y desarrolle una nueva faceta profesional y esté de vuelta activamente en el ámbito laboral.

Reinventar tu carrera profesional y no morir en el intento

La nueva formación no tiene que ser un dolor de cabeza literal ni económico, ni tampoco suponer una gran inversión en tiempo.

La Formación subvencionada, es decir la efectuada a través de cursos totalmente gratuitos o de coste reducido, ofertados por diferentes organismos como:

  • El Servicio Público de Empleo estatal (SEPE).
  • La Fundación Estatal para la Formación en el Empleo (FUNDAE).
  • Las Consejerías de empleo de cada comunidad autonómica.
  • Además, los propios centros de formación como FO&CO Consultores, también pueden ofertarlos, y es una gran opción para prepararse efectivamente para nuevos retos profesionales.

¿Cursos 100% GRATIS? Lo que debes saber sobre formación subvencionada

Cualquier persona puede apuntarse a estos cursos de coste cero o coste reducido, reuniendo los requisitos correspondientes a cada convocatoria.

Por nombrar algunos de los más comunes, para hacer efectiva la inscripción en alguno de estos cursos se requiere:

  • La presentación de la fotocopia del DNI.
  • La tarjeta de la Seguridad Social.
  • Y por último, la constancia de demanda de empleo.

 

Pero los requisitos de acceso varían según la entidad o institución que oferta el curso y se prioriza el acceso a un determinado perfil de candidatos como:

  • Las personas mayores con dificultades para incorporarse al mercado laboral.
  • Mujeres.
  • Los mayores de 45 años y aquellos menores de 30 años.
  • Las personas con discapacidad o incapacidad laboral.
  • Los desempleados de larga duración.
  • Aquellas personas con estudios mínimos o con baja cualificación académica.

¿Cómo puedo acceder a los cursos subvencionados oficiales?

Inclusive, se prevé la concesión de becas y ayudas adicionales vinculadas con manutención, desplazamiento y necesidades especiales por discapacidad.

 

Los cursos de formación subvencionada forman parte de la de Formación Profesional para el Empleo (FPE).

Estos cursos ofrecen la capacitación necesaria en las competencias técnicas y transversales para el trabajo, así como la actualización de las habilidades y conocimientos para realizar determinados oficios y la correspondiente certificación que acredita que se está cualificado para llevar a cabo cierta actividad profesional.

 

Las personas que se forman en estos cursos con seguridad pueden desempeñarse en las empresas como mano de obra cualificada y actualizada en sus labores.

Esto es posible gracias a que la formación subvencionada otorga Certificados de profesionalidad, acreditaciones oficiales de las cualificaciones del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.

Si estás interesado en recibir capacitación para mejorar tus competencias, actualizarte o bien desarrollar nuevas habilidades para ejercer un oficio diferente, en FO&CO Consultores te ofrecemos el catálogo de cursos gratis subvencionados por el Ministerio de Empleo y Seguridad Social, que se imparte a distancia en todo el país.

Consulta la oferta formativa de cursos gratuitos

 

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